En varios organismos, la inteligencia artificial llegó incorporada al paquete de correo, almacenamiento y ofimática ya contratado. ANCAP explicó que conocía el uso porque contaba con licencias de Copilot Chat y Microsoft 365 Copilot. El primero quedó disponible desde noviembre de 2023 para las cuentas de su dominio corporativo. La UTEC informó el uso de Gemini para Google Workspace. Ceibal señaló que Gemini y NotebookLM estaban disponibles para toda la organización, mientras Copilot y Claude se utilizaban en proyectos específicos.
El BCU describió el esquema más diverso: modelos locales, licencias de ChatGPT y Microsoft 365 Copilot, y una interfaz para Azure OpenAI. Fue además el único organismo que declaró modelos instalados en infraestructura propia, capaces de procesar consultas dentro de su entorno.
Los organismos atribuyen a estas alternativas condiciones corporativas de confidencialidad y protección de datos. La UTEC, por ejemplo, citó su acuerdo con Google para usar Gemini for Google Workspace. Como los contratos completos no integraron las respuestas, la investigación solo pudo verificar las condiciones descritas por cada organismo. La ubicación del procesamiento, el plazo de conservación y la jurisdicción aplicable quedan para una etapa posterior.
Una cuenta corporativa puede ofrecer mejores condiciones que una versión gratuita, pero no sustituye las reglas sobre qué información puede cargarse en la herramienta.
Cuatro organismos declararon una clasificación; dos aportaron el documentoAGESIC, ANCAP, el BPS y el BCU fueron los cuatro organismos que declararon contar con una clasificación documentada de los datos admisibles. Solo ANCAP y el BCU aportaron el documento solicitado. Los cuatro casos, sin embargo, tienen alcances distintos.
AGESIC declaró contar con una clasificación documentada, pero no la adjuntó. En su respuesta se remitió a las leyes de Protección de Datos Personales y de Acceso a la Información Pública. Esas normas establecen obligaciones generales para todo el Estado, pero no clasifican qué información puede introducirse en un asistente de inteligencia artificial.
ANCAP adjuntó su Política de Clasificación, Etiquetado y Tratamiento de la Información, aprobada en 2018. El documento organiza la información por categorías y fija condiciones generales para almacenarla o hacerla circular. Su aprobación antecede a los asistentes generativos y no contiene referencias específicas a inteligencia artificial, cuentas de usuario o datos admisibles en un chat.
Como respaldo de su clasificación, el BCU remitió a la
Resolución D-182-2023, que ordena la información en categorías como reservada, confidencial o secreta. La resolución es general y no menciona la inteligencia artificial. El Protocolo de uso de servicios en la nube, aprobado el 26 de marzo de 2026, es el documento que el Banco Central ofreció como respaldo de la política formal que declaró. Está clasificado como reservado, de modo que su contenido quedó fuera de la respuesta y no pudo verificarse si alcanza a los asistentes generativos. Consultado por separado sobre una política institucional de inteligencia artificial, el mismo organismo respondió que está en elaboración.
El BPS declaró aplicar una clasificación documentada y adjuntó una Política de Seguridad de la Información para Inteligencia Artificial, que regula el uso de estas herramientas. La clasificación de datos, preguntada por separado, no integró los archivos aportados, por lo que su alcance y sus posibles referencias a inteligencia artificial no pudieron verificarse. En el campo abierto de esa pregunta el organismo respondió que “se aplica normativa vigente relativa al tratamiento de protección de datos personales”, la misma remisión general que había hecho AGESIC.
La evidencia disponible se limita así a dos clasificaciones generales. Ni las remisiones normativas de AGESIC y del BPS ni la política de uso que este último aportó acreditan las clasificaciones que ambos declararon en la pregunta separada. Entre los cuatro organismos que dijeron tener una clasificación documentada, ninguno aportó instrucciones específicas sobre qué puede cargarse y cuál debe quedar fuera.
Ceibal declaró tener orientaciones generales y adjuntó un decálogo interno para sus funcionarios. El documento exige usar el entorno corporativo con la cuenta institucional y prohíbe ingresar contraseñas, credenciales de acceso, códigos fuente, datos financieros y bases con información personal de estudiantes o funcionarios. No tiene fecha de aprobación ni identifica al jerarca que lo aprobó. Aun así, fue el organismo que estableció con mayor precisión qué información no debe compartirse con estas herramientas.
El control alcanza a un organismoOfrecer una herramienta institucional no garantiza que los funcionarios la utilicen: también pueden recurrir a cuentas personales o a otros servicios. El relevamiento preguntó además por el monitoreo y el bloqueo. El primero permite detectar o registrar transferencias; el segundo las impide. Su ausencia no demuestra por sí sola negligencia, pero muestra cuánta capacidad tiene el organismo para observar o intervenir en esos intercambios.
Ocho organismos declararon una herramienta institucional y cuatro, un canal para reportar incidentes. El BPS informó una medida de monitoreo o prevención de fuga de datos. Ningún organismo declaró aplicar bloqueos técnicos de dominios.